Comisión de Gobierno Interior de la Cámara aprueba proyecto para regular encuestas de opinión

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Comisión de Gobierno Interior de la Cámara aprueba proyecto para regular encuestas de opinión

La iniciativa de ley tiene entre sus principales objetivos disminuir el periodo de prohibición de publicación de encuestas electorales en los días previos a una elección de 15 a 4 días. Además, busca aumentar los estándares de transparencia para las empresas que realizan estudios de opinión, disponiendo que sea un organismo público el que asuma la fiscalización del cumplimiento de estas medidas.

 

Este 07 de diciembre de 2021 la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto que “Modifica la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en materia de difusión de encuestas de opinión pública referidas a preferencias electorales, y requisitos de transparencia y sanciones en caso de incumplimiento” (Boletín 13894-06).

La iniciativa contó con los votos a favor de los diputados Marcela Hernando, Andrés Longton, Andrés Molina, Catalina Pérez, Joanna Pérez, Raúl Saldívar y Renzo Trisotti. La diputada Karin Luck, en tanto, se abstuvo durante la votación.

El proyecto de ley tiene entre sus principales objetivos disminuir el actual periodo de prohibición de circulación de encuestas –o blackout– de 15 a 4 días. Junto a ello, busca aumentar los estándares de transparencia para los estudios de opinión electorales obligando a las encuestadoras a publicar una ficha técnica de sus estudios. Además, las empresas deberán presentar una memoria anual que detalle: “La identidad de los miembros de sus equipos directivos, donde se explicite su historial de relaciones comerciales o laborales; la identidad de sus principales clientes, sean públicos o privados; y una síntesis sobre las fuentes de ingreso de las encuestadoras”.

Asimismo, durante la discusión del proyecto en el Congreso se ha conversado sobre la posibilidad de que un organismo del Estado asuma la tarea de supervisar el trabajo de las empresas encuestadoras. Entre los organismos que se han propuesto está el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), el SERVEL y el Consejo para la Transparencia. No obstante, la diputada Hernando ha aclarado que como diputados no tienen la facultad para otorgar nuevas responsabilidades a los organismos públicos, por lo que para esto se necesitaría patrocinio del Ejecutivo.

Desde la Asociación de Investigadores de Mercado y Opinión Pública, se han mostrado a favor del artículo 1 de la ley, que disminuye el periodo de prohibición de circulación de las encuestas, no obstante, se han mostrado críticos ante la posibilidad de que un organismo del Estado asuma la fiscalización de los estudios de opinión.

“Entendemos la preocupación de los legisladores, pero creemos que sería muy complicado que se creara una institucionalidad que vigile a las empresas. Si fuera un organismo técnico no habría problemas, pero es algo que nos genera dudas. Una pregunta que surge es qué otras industrias van a estar tan reguladas como la industria de las encuestas”, cuestiona Juan Pardo, presidente de AIM.

 

La historia del blackout

Desde 2016, Chile tiene una normativa que prohíbe la publicación de encuestas preelectorales en los 15 días antes de una elección o plebiscito. La regulación fue establecida por la Ley 20.900, que surgió como parte de la serie de reformas que buscaban fortalecer y dar transparencia al sistema político y que surgieron durante la llamada Comisión Engel.

En su artículo 32 ter, la Ley 20.900 establece una reforma a la Ley Orgánica Constitucional de Voto y Escrutinio Popular (Ley 18.700), introduciendo el actual artículo 37, que establece: “Los resultados de las encuestas de opinión pública referentes a preferencias electorales sólo podrán divulgarse hasta el decimoquinto día anterior a la elección o plebiscito”.

Según el estudio Freedom to conduct opinion polls realizado por WAPOR y ESOMAR (2018), Chile tiene uno de los períodos de veda más largos de América Latina, solamente superado por Bolivia y Honduras con 30 días y Panamá con 20. Según el informe, la mediana de la región es de 7 días. En el caso de Europa, la mediana es de solo 2 días.

 

El debate en el Congreso

El 30 de noviembre de 2020 se dio inicio a la discusión de esta moción en la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados. El primer invitado a exponer sus puntos de vista sobre este fue René Jara, director de la Escuela de Periodismo Universidad de Santiago de Chile (USACH), quien se manifestó de acuerdo con reducir el período de blackout: “15 días me parece que fue demasiado excesivo”, señaló.

En tanto el día 05 de enero fue invitada a la Comisión la directora nacional del INE, Sandra Quijada. Consultada respecto a la posibilidad de que este organismo pudiera asumir la responsabilidad de fiscalizar el trabajo de las empresas de opinión pública, Quijada aclaró que la institución “solamente tiene facultades para dar directrices metodológicas a organismos del Estado” y explicó que actualmente el instituto no cuenta con equipos ni experiencia en materia de encuestas de opinión.

La discusión del proyecto continuó con la presentación de AIM Chile ante la Comisión. En esa oportunidad el presidente de la asociación, Juan Pardo, y la vicepresidenta, Paulina Valenzuela, valoraron la disminución del período de blackout, no obstante manifestaron que la organización “adhiere a las recomendaciones de WAPOR y ESOMAR que postulan que no debiese existir un periodo de prohibición de informar o blackout”.

Respecto a las normativas de transparencia para las encuestadoras, los representantes de la industria señalaron que “no se entiende el aporte adicional de conocer la información relacionada con la empresa ni cómo esto podría contribuir a mejorar la calidad de los estudios electorales” Finalmente, los representantes destacaron que AIM Chile promueve entre sus asociados y la industria la publicación de una ficha metodológica que acompañe los estudios, “no obstante, la publicación de esta información es decisión de los editores de los medios de comunicación”, aclararon.

La revisión del proyecto quedó pausada por varios meses y fue retomada el 26 de octubre con la participación de la empresa CADEM y del presidente del Consejo Directivo del SERVEL, Andrés Tagle. En esta oportunidad, el representante del organismo electoral señaló que comparten “la crítica de que –el blackout– puede ser excesivo comparado con otras legislaciones”. Sobre los otros aspectos del proyecto, Tagle manifestó su preocupación respecto a quién fiscalizaría la publicación de la ficha técnica de las encuestas. “El SERVEL no tiene ninguna capacidad de controlar si esos documentos son correctos o incorrectos”, afirmó.

Junto a ello, el presidente del Consejo Directivo del SERVEL criticó el artículo que busca aumentar la transparencia de las empresas de estudios de opinión señalando: “esta es una regulación a las empresas encuestadoras en general (…) La primera pregunta que hacemos es qué hace esta regulación en la Ley de Votaciones”, cuestionó. Y junto a ello señaló que el organismo considera “delicado” que las empresas deban transparentar todos sus clientes y no puedan realizar estudios de carácter privado. Finalmente, señaló que las sanciones propuestas por el proyecto son “muy duras” a juicio del organismo.

A continuación fueron invitadas a la comisión la directora de MORI Chile y directora ejecutiva de Corporación Latinobarómetro, Marta Lagos; y la Oficial de Programa de Chile y el Cono Sur de IDEA Internacional, María Jaraquemada; quienes expusieron respecto a los “atrasos de las encuestas en Chile” y los efectos del blackout a las encuestas en el derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información, respectivamente.

Finalmente, intervino ante la Comisión David Ibaceta, director general del Consejo para la Transparencia. En la oportunidad el representante realizó diversas sugerencias al proyecto de ley. La principal es entregar la competencia de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia activa de las empresas encuestadoras al Consejo para la Transparencia. Junto a ello el organismo sugirió “elevar el estándar de publicidad de las empresas encuestadoras, similar al estándar de empresas públicas según Ley 20.285”.

Consultado respecto a las actuales facultades del Consejo para fiscalizar actores privados, Ibaceta aclaró que de momento el organismo no cuenta con esta competencia. No obstante, señaló que si bien en un principio las corporaciones municipales y fundaciones no estaban bajo el alero de la institución, “como consecuencia de un proceso interpretativo, básicamente la determinación de si en el desarrollo de las funciones de esas instancias se desarrollaban cuestiones que tenían naturaleza pública, se fue avanzado y el Consejo para la Transparencia lentamente extendió su margen de competencia a ese tipo de entidades”, explicó, señalando que basado en esa experiencia el organismo podría generar “una metodología adecuada para en el futuro poder realizar este tipo de fiscalizaciones”, afirmó.

 

Frente a esto el presidente de AIM Chile señaló que la posición de la industria es promover la autorregulación. “Observamos que la experiencia internacional en países como Argentina da cuenta de que la creación de instituciones públicas para regular las encuestas finalmente no contribuye a mejorar la industria. Creemos que el mejor camino es la promoción de estándares de calidad como los de WAPOR y ESOMAR a nivel internacional, o el estándar AIM en el caso Chile”. Además, señaló que el Estado puede cumplir un rol esencial para el perfeccionamiento del sector a través de sus contrataciones. “Lo ideal sería que en el sistema de licitaciones públicas, el Estado contemple como requisito deseable y puntuable que las empresas a cargo de ejecutar las encuestas estén certificadas bajo algún estándar de calidad reconocido”, finalizó Juan Pardo.

 

 

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